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Publicado el por panamaprofundo

El Movimiento 10 de Abril M10 para la Defensa del Rio Tabasará por este medio hace público al país la ruptura de las conversaciones por parte del Gobierno Nacional el día 17 de mayo del 2011.

En las márgenes del Río Tabasará

CONSIDERANDO

  • Que el Gobierno con participación de GENISA han quebrantando el Acuerdo suscrito el 6 de mayo y valiéndose de la buena fe del M10 y del pueblo ngobe y campesino que voluntariamente desalojó el sitio del campamento de protesta a la entrada del proyecto hidroeléctrico Barro Blanco en construcción.
  • Que el vice ministro Luis Ernesto Carles, parecería como en una acción ensayada de antemano ordenó la intervención a través del Alcalde de Tole, de los contingentes de antimotines y agentes policiales para “militarizar” la entrada del proyecto Barro Blanco, algo similar a lo que aconteció en el proyecto Chan 75 de Bocas del Toro en años anteriores con numerosos arrestos y heridos.
  • Que es obvio que el proyecto viola las leyes (Ley 10 de marzo 7 de 1997 en su artículo 17 que creó la Comarca Ngobe Bugle) que dice claramente que el territorio de la comarca no se puede “enajenar” para uso privado y la constitución Política de la Republica de Panamá, enmendada en 2004 que “establece el derecho de la propiedad colectiva y prohíbe la apropiación privada de tierras indígenas”.
  • ¿Preguntamos entonces si el embalse creado por la represa no “enajena” numerosas hectáreas de tierras de cultivos, viviendas, iglesias ngobes, para el uso “privado” de generación eléctrica de la empresa GENISA?
  • Que durante todo el proceso existió la falta de un “consentimiento libre, previo e informado”, requisito para toda consulta a los pueblos indígenas según los tratados y convenios (Convenio 107 de la OIT) a la que se ha adherido Panamá (y Convenio 169, en la que Panamá se halla en proceso de ratificación) y consagrados en los derechos de los pueblos indígenas de las NNUU, por lo tanto tiene fuerza de ley.
  • Pero además adolece de otras series de ilegalidades (como EIA vencido) el cual data de mayo del 2008 y solo tiene validez de 2 años. Por lo tanto los trabajos hechos por la empresa GENISA a partir de mayo del 2010 se hallan fuera de la ley.
  • Que el verdadero interés de este macabro proyecto una vez instalada es la de seguir inundando la cuenca hasta los 6000 hectáreas subiendo su cota hasta los 165 metros para producir hasta 220 MW. Que en el área (además del infame Cerro Colorado se encuentran los yacimientos de Cerro Caballo y también los de Cerro Pelado, proyectos futuros los cuales les serán clientes de la energía producida por estos nefastos proyectos hidroeléctricos (Barro Blanco, Tabasará 2 y otros que se lleguen a construir) además del Sistema de Interconexión Eléctrica de los Países de América Central (SIEPAC).

RESUELVE

  • Pedir que se retiren los contingentes policiales que permiten que se siga el proyecto en forma ilegal y que se respete el derecho de protesta de la ciudadanía y del pueblo ngobe bugle.
  • Solicitar el retiro inmediato de la maquinaria y enseres del proyecto y su paralización total y definitiva por violatoria a la constitución, las leyes nacionales e internacionales y los preceptos de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas.
  • Pedir que el Gobierno Nacional solicite la inmediata mediación del Relator Especial de los Pueblos indígenas de las NNUU el distinguido Sr. James Anaya en forma URGENTE.
  • Solicitar al equipo “debida diligencia” de los bancos prestatarios FMO de Holanda y DEG de Alemania para tomar en cuenta esta nueva situación y no prestarse al juego que le quiere montar la empresa mediante falsedades.
  • Solicitar el apoyo de la sociedad civil, los organismos de derechos humanos naciones e internacionales, los asociaciones ambientales del país, los grupos indígenas ngobe, el Congreso General Ngobe Bugle, la Coordinadora sobre los Recursos Naturales de la Comarca y Campesinas, el apoyo de todas las demás etnias indígenas del país y del exterior en esta lucha desigual contra estos intereses creados, nacionales y foráneos.
  • Pedir que se cumpla los acuerdos firmados con la ministra Roxana Méndez con la Coordinadora sobre los Recursos Minerales y Naturales de la Comarca que efectivamente ponía un cese de la actividad minera, además de toda actividad hidroeléctrica en la comarca.
  • Que de no haberse realizado el cese inmediato del proyecto para el martes 24 de mayo y se iniciaran protestas públicas en forma indefinida.

Atentamente

El Movimiento 10 de Abril en Defensa del Rio Tabasará

Dado el 23 de mayo de 2011

Ciudad de Tole, Provincia de Chiriquí, República de Panamá.

Firmado:

Ítalo Jiménez (cel. 6482-4051)

Presidente Movimiento M10

Gäejoec Miranda

Vice Presidente junta directiva M10

Manolo Miranda (cel. 6563-2790)

Coordinador General

Cc: Medios de comunicación nacional e internacional

Entidades bancarias.

MDL Naciones Unidas

Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas

Panamá: Un gobierno empresarial que solo escucha a las empresas.

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El Movimiento 10 de Abril M10 para la Defensa del Rio Tabasará por este medio hace público al país la ruptura de las conversaciones por parte del Gobierno Nacional el día 17 de mayo del 2011.

En las márgenes del Río Tabasará

CONSIDERANDO

  • Que el Gobierno con participación de GENISA han quebrantando el Acuerdo suscrito el 6 de mayo y valiéndose de la buena fe del M10 y del pueblo ngobe y campesino que voluntariamente desalojó el sitio del campamento de protesta a la entrada del proyecto hidroeléctrico Barro Blanco en construcción.
  • Que el vice ministro Luis Ernesto Carles, parecería como en una acción ensayada de antemano ordenó la intervención a través del Alcalde de Tole, de los contingentes de antimotines y agentes policiales para “militarizar” la entrada del proyecto Barro Blanco, algo similar a lo que aconteció en el proyecto Chan 75 de Bocas del Toro en años anteriores con numerosos arrestos y heridos.
  • Que es obvio que el proyecto viola las leyes (Ley 10 de marzo 7 de 1997 en su artículo 17 que creó la Comarca Ngobe Bugle) que dice claramente que el territorio de la comarca no se puede “enajenar” para uso privado y la constitución Política de la Republica de Panamá, enmendada en 2004 que “establece el derecho de la propiedad colectiva y prohíbe la apropiación privada de tierras indígenas”.
  • ¿Preguntamos entonces si el embalse creado por la represa no “enajena” numerosas hectáreas de tierras de cultivos, viviendas, iglesias ngobes, para el uso “privado” de generación eléctrica de la empresa GENISA?
  • Que durante todo el proceso existió la falta de un “consentimiento libre, previo e informado”, requisito para toda consulta a los pueblos indígenas según los tratados y convenios (Convenio 107 de la OIT) a la que se ha adherido Panamá (y Convenio 169, en la que Panamá se halla en proceso de ratificación) y consagrados en los derechos de los pueblos indígenas de las NNUU, por lo tanto tiene fuerza de ley.
  • Pero además adolece de otras series de ilegalidades (como EIA vencido) el cual data de mayo del 2008 y solo tiene validez de 2 años. Por lo tanto los trabajos hechos por la empresa GENISA a partir de mayo del 2010 se hallan fuera de la ley.
  • Que el verdadero interés de este macabro proyecto una vez instalada es la de seguir inundando la cuenca hasta los 6000 hectáreas subiendo su cota hasta los 165 metros para producir hasta 220 MW. Que en el área (además del infame Cerro Colorado se encuentran los yacimientos de Cerro Caballo y también los de Cerro Pelado, proyectos futuros los cuales les serán clientes de la energía producida por estos nefastos proyectos hidroeléctricos (Barro Blanco, Tabasará 2 y otros que se lleguen a construir) además del Sistema de Interconexión Eléctrica de los Países de América Central (SIEPAC).

RESUELVE

  • Pedir que se retiren los contingentes policiales que permiten que se siga el proyecto en forma ilegal y que se respete el derecho de protesta de la ciudadanía y del pueblo ngobe bugle.
  • Solicitar el retiro inmediato de la maquinaria y enseres del proyecto y su paralización total y definitiva por violatoria a la constitución, las leyes nacionales e internacionales y los preceptos de derechos humanos y derechos de los pueblos indígenas.
  • Pedir que el Gobierno Nacional solicite la inmediata mediación del Relator Especial de los Pueblos indígenas de las NNUU el distinguido Sr. James Anaya en forma URGENTE.
  • Solicitar al equipo “debida diligencia” de los bancos prestatarios FMO de Holanda y DEG de Alemania para tomar en cuenta esta nueva situación y no prestarse al juego que le quiere montar la empresa mediante falsedades.
  • Solicitar el apoyo de la sociedad civil, los organismos de derechos humanos naciones e internacionales, los asociaciones ambientales del país, los grupos indígenas ngobe, el Congreso General Ngobe Bugle, la Coordinadora sobre los Recursos Naturales de la Comarca y Campesinas, el apoyo de todas las demás etnias indígenas del país y del exterior en esta lucha desigual contra estos intereses creados, nacionales y foráneos.
  • Pedir que se cumpla los acuerdos firmados con la ministra Roxana Méndez con la Coordinadora sobre los Recursos Minerales y Naturales de la Comarca que efectivamente ponía un cese de la actividad minera, además de toda actividad hidroeléctrica en la comarca.
  • Que de no haberse realizado el cese inmediato del proyecto para el martes 24 de mayo y se iniciaran protestas públicas en forma indefinida.

Atentamente

El Movimiento 10 de Abril en Defensa del Rio Tabasará

Dado el 23 de mayo de 2011

Ciudad de Tole, Provincia de Chiriquí, República de Panamá.

Firmado:

Ítalo Jiménez (cel. 6482-4051)

Presidente Movimiento M10

Gäejoec Miranda

Vice Presidente junta directiva M10

Manolo Miranda (cel. 6563-2790)

Coordinador General

Cc: Medios de comunicación nacional e internacional

Entidades bancarias.

MDL Naciones Unidas

Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas

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Los reactores de Fukushima no resistieron el terremoto

Ecologistas en Acción quiere denunciar que al menos el reactor número 1 de Fukushima-Daiichi no resistió el terremoto, en contra de lo que los expertos han proclamado. Se ha sabido que los operarios de TEPCO entraron en el recinto de contención y encontraron elevadísimos niveles de radiactividad.

El día 11 de marzo, tras el terremoto y el tsunami, los operarios de TEPCO entraron en el recinto de contención de los reactores para comprobar su estado. En este momento, los procesos de fusión aún no habían empezado porque, a pesar de que el tsunami había destrozado los sistemas de refrigeración y de alimentación eléctrica, funcionaban unos sistemas de refrigeración de emergencia que se alimentaban de baterías y eran capaces de mantener la situación bajo control durante una media hora. Por tanto, si el terremoto no los hubiera afectado, los reactores deberían mantener su integridad, puesto que los, problemas aparecieron cuando los sistemas la temperatura de los núcleos aumentó, se formó hidrógeno y se produjeron explosiones que dañaron los edificios de los reactores y las contenciones.

Sin embargo, según se ha podido saber, al menos los operarios de TEPCO que entraron en el reactor número 1 encontraron una enorme cantidad de vapor radiactivo y unos índices de radiactividad altísimos que les forzaron a abandonar la contención inmediatamente. Los niveles eran tales que en una hora se recibía la dosis permitida para 5 años.

La única explicación para la presencia, al menos en el reactor número 1, de ese vapor radiactivo era que la vasija y las tuberías del circuito primario habían sufrido graves daños durante el terremoto, se habían roto y habían dejado escapar el vapor. Por tanto no se puede afirmar que los reactores salieran indemnes del terremoto, en contra de lo que los responsables de la industria nuclear han proclamado hasta la fecha. Esto explicaría también la fusión total del núcleo del reactor número 1 que se ha conocido recientemente.

Esto cambia radicalmente la visión que se tenía del accidente, según la cual los edificios de los reactores salieron indemnes del terremoto y fue el tsunami subsiguiente el que afectó los edificios auxiliares que albergan los sistemas de refrigeración y alimentación eléctrica. El terremoto fue ya suficiente para provocar el accidente sin el subsiguiente tsunami que, desde luego, empeoró las cosas sustancialmente.

Para Ecologistas en Acción esta secuencia del accidente debe ser tenida en cuenta, a la hora de aprender las lecciones de Fukushima. No cabe ya presumir que los edificios de los reactores son indestructibles. En particular, esto no sólo tiene consecuencias sobre las centrales de agua en ebullición como las de Fukushima, si no también sobre las centrales de agua a presión, en que los sistemas de refrigeración están contenidos en el edificio de hormigón del reactor.

Alerta nuclear en Japón

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Los reactores de Fukushima no resistieron el terremoto

Ecologistas en Acción quiere denunciar que al menos el reactor número 1 de Fukushima-Daiichi no resistió el terremoto, en contra de lo que los expertos han proclamado. Se ha sabido que los operarios de TEPCO entraron en el recinto de contención y encontraron elevadísimos niveles de radiactividad.

El día 11 de marzo, tras el terremoto y el tsunami, los operarios de TEPCO entraron en el recinto de contención de los reactores para comprobar su estado. En este momento, los procesos de fusión aún no habían empezado porque, a pesar de que el tsunami había destrozado los sistemas de refrigeración y de alimentación eléctrica, funcionaban unos sistemas de refrigeración de emergencia que se alimentaban de baterías y eran capaces de mantener la situación bajo control durante una media hora. Por tanto, si el terremoto no los hubiera afectado, los reactores deberían mantener su integridad, puesto que los, problemas aparecieron cuando los sistemas la temperatura de los núcleos aumentó, se formó hidrógeno y se produjeron explosiones que dañaron los edificios de los reactores y las contenciones.

Sin embargo, según se ha podido saber, al menos los operarios de TEPCO que entraron en el reactor número 1 encontraron una enorme cantidad de vapor radiactivo y unos índices de radiactividad altísimos que les forzaron a abandonar la contención inmediatamente. Los niveles eran tales que en una hora se recibía la dosis permitida para 5 años.

La única explicación para la presencia, al menos en el reactor número 1, de ese vapor radiactivo era que la vasija y las tuberías del circuito primario habían sufrido graves daños durante el terremoto, se habían roto y habían dejado escapar el vapor. Por tanto no se puede afirmar que los reactores salieran indemnes del terremoto, en contra de lo que los responsables de la industria nuclear han proclamado hasta la fecha. Esto explicaría también la fusión total del núcleo del reactor número 1 que se ha conocido recientemente.

Esto cambia radicalmente la visión que se tenía del accidente, según la cual los edificios de los reactores salieron indemnes del terremoto y fue el tsunami subsiguiente el que afectó los edificios auxiliares que albergan los sistemas de refrigeración y alimentación eléctrica. El terremoto fue ya suficiente para provocar el accidente sin el subsiguiente tsunami que, desde luego, empeoró las cosas sustancialmente.

Para Ecologistas en Acción esta secuencia del accidente debe ser tenida en cuenta, a la hora de aprender las lecciones de Fukushima. No cabe ya presumir que los edificios de los reactores son indestructibles. En particular, esto no sólo tiene consecuencias sobre las centrales de agua en ebullición como las de Fukushima, si no también sobre las centrales de agua a presión, en que los sistemas de refrigeración están contenidos en el edificio de hormigón del reactor.

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